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Edea debe descontar lo cobrado de más por la suba de luz

Un fallo suspendió el aumento de electricidad en Buenos Aires y ordenó volver a la tarifa anterior. Si ya pagaste de más, deberá figurar como crédito después.

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Edea debe descontar lo cobrado de más por la suba de luz

La factura de luz puede venir con rebaja después de haber sido pagada. La Justicia suspendió el aumento de electricidad en la provincia de Buenos Aires y ordenó retrotraer las tarifas al esquema vigente antes de la suba.

La medida fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, tras una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense. Alcanza a Edelap, Edes, Edea y Eden, las distribuidoras que operan en distintas zonas de la Provincia. Para Mar del Plata, el dato clave es Edea.

El fallo establece que las empresas no podrán aplicar nuevos incrementos sin una audiencia pública previa. No es un detalle administrativo: esas instancias son el espacio donde usuarios y organismos pueden acceder a la información, discutir el impacto de la tarifa y cuestionar cómo se compone el aumento.

¿Y si la factura con aumento ya fue abonada? Según la resolución, el monto cobrado de más deberá reconocerse como crédito y descontarse en la próxima factura del servicio. Es decir: no se plantea una devolución por fuera de la boleta, sino una compensación en el siguiente vencimiento.

Para quienes vienen contando consumos, vencimientos y gastos fijos, el fallo mueve una pieza sensible del presupuesto mensual. Ahora habrá que mirar la próxima factura con atención: debería mostrar el descuento correspondiente y el detalle del crédito aplicado. La pregunta que queda es simple: ¿las distribuidoras lo reflejarán de forma clara para que nadie tenga que descifrar su propia boleta?

Lo que se sabe hasta ahora
01La Justicia suspendió el aumento de electricidad en la provincia de Buenos Aires.
02El fallo ordenó retrotraer las tarifas al esquema vigente antes de la suba.
03El monto cobrado de más deberá reconocerse como crédito en la próxima factura.
04Las empresas no podrán aplicar nuevos incrementos sin una audiencia pública previa.

el monto cobrado de más deberá reconocerse como crédito y descontarse en la próxima factura del servicio